Diferencias entre leasing y renting

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A la hora de financiar un bien o servicio, tenemos varias posibilidades. Hoy hablaremos de 2 de ellas: el leasing y el renting. Ambos términos, particularmente el segundo, han comenzado a popularizarse estos últimos años, gracias al auge del renting de vehículos. Sin embargo, ya existían con anterioridad y los 2 tienen otras aplicaciones que es necesario conocer. Aunque los 2 conceptos hacen alusión a un tipo de financiación, son distintos porque no tienen las mismas condiciones.

Dependiendo de los objetivos que quieras conseguir con el bien o servicio que contrates, tendrás que elegir entre una forma u otra de financiarlo. Para que puedes escoger correctamente, hoy vamos a hablar de sus diferencias fundamentales y a explicar ambos procedimientos por separado. Así sabrás cuál es el más conveniente para la situación en la que te encuentres.

¿Qué es el leasing?

Esta forma de arrendamiento financiero consiste en que el arrendador cede el uso de un bien al cliente (arrendatario) por el pago de una cuota acordada y aceptada por ambas partes, en la que se incluye  el coste de la cesión y los intereses y gastos de financiación. En otras palabras: el cliente o sociedad adquiere los bienes a cambio de una compensación periódica económica.

La ventaja del leasing para cualquier empresa, pyme o autónoma es que su carácter es fiscalmente deducible de la cuotas periódicas, de acuerdo a la normativa tributaria actual aplicable. Mantener la propiedad de ese bien es para la sociedad financiadora una garantía de la operación.

El contrato para este trámite suele tener una duración igual o inferior a la vida útil del bien y se le añade como cláusula la opción de compra. Eso sí, el arrendatario solamente podrá acceder a esta opción tras pagar la última cuota del bien que esté arrendando (suele representar el valor residual del bien cuando acaba la financiación). A partir de ese momento, y según lo que han acordado en el contrato de leasing, el cliente podrá devolver el bien, adquirirlo o extender el contrato si así está estipulado en el contrato o llega a un acuerdo con el arrendador.

Existen varios tipos de leasing, dependiendo del bien que se va a arrendar:

  • Mobiliario. Su naturaleza es mobiliaria y responden a las características generales que acabamos de comentar.
  • Inmobiliario. En este caso, el bien es un inmueble que la sociedad de leasing adquiere a un tercero. Puede ser reformado de acuerdo a las necesidades del cliente. Aquí es donde se encuentran los llamados proyectos de  ‘llave en mano’: se construyen o reforman inmuebles con unas características específicas (para fábricas, una nave logística…) en los que se incluyen la maquinaria que el cliente necesita para desarrollar su producción.
  • Operativo. Los bienes de leasing (normalmente mobiliarios) son de alta tecnología y se quedan obsoletos rápidamente, por lo que se realiza este tipo de acuerdo en el que ambas partes se comprometen a cambiar los bienes por otros tecnológicamente actualizados cuando la situación de los mismos lo requiera.

¿Qué es el renting?

En el renting, las 2 partes implicadas negocian la cesión de un bien a cambio de un pago periódico. Es como un contrato de alquiler, pero en el caso del renting no se pueden ceder bienes inmuebles. Este tipo de financiación solamente se aplica a bienes como vehículos, naves, electrodomésticos, propiedad intelectual, etc. Los contratos que se realizan son a mediano y largo plazo y la fecha de entrega mínima suele ser de 1 año, a diferencia del leasing, que es acordado, por lo que es necesario pensárselo bien antes de firmar un renting.

El renting funciona como cualquier otro arrendamiento: un contrato recoge todas las condiciones por las que un bien es arrendado por un cliente a cambio de un pago. Este podrá disfrutar del bien bajo los parámetros del contrato. Con el renting no tendrás la posibilidad de adquirir el bien cuando termine la fecha de ‘alquiler’. Los precios variarán dependiendo de lo que estés alquilando. Como hemos comentado, este servicio de financiación se ha hecho muy famoso gracias a su aplicación en vehículos, y puede tener un fin personal o profesional (con fines comerciales). La ventaja del renting es que no existen obligaciones de compra que puedan comprometer al cliente en un futuro.

Diferencias entre leasing y renting

Vamos a explicarlas diferencias que existen entre ambas formas de financiación poniendo un contexto comercial. Imaginémonos que tenemos un contrato de un automóvil entre manos y tenemos que elegir. ¿Cuáles serían las principales diferencias entre leasing y renting y cómo podríamos escoger la más adecuada?

Posibilidad de compra. Esta es una de las disparidades fundamentales entre ambos formatos: el leasing permite comprar o adquirir el bien que teníamos contratado cuando la fecha pactada en el contrato finaliza. Con el renting esta opción jamás será posible.

Costes. El renting supone un menor gasto para el cliente, ya que las cuotas que marcan las empresas permiten ahorrar entre un 15-20% respecto a precios que podría conseguir el propio cliente. Eso sí: cada cuota estará relacionada con el servicio que se contrate y el kilometraje. Se suele pedir aval para 1 o 2 cuotas. El contrato habitual incluye el mantenimiento del vehículo, las revisiones oficiales, las reparaciones, el cambio de piezas, los impuestos y el cambio de neumáticos si superan determinados kilómetros.

Por el contrario, en el leasing la cuota mensual depende del interés que se aplique a la operación por parte de los 2 lados. La empresa ofrecerá un tipo a cada cliente de forma personalizada (dependiendo de factores como la solvencia, el volumen de negocio, las garantías o el riesgo).

Duración del contrato. Los contratos de leasing, por ley, tienen que tener una duración mínima de 2 años en mobiliario y de 10 en inmobiliario. Los de renting no tienen plazos mínimos para la consecución de beneficios fiscales. Los plazos que suelen establecer las empresas son de 1 año mínimo y hasta 60 meses en los contratos. Si son clientes habituales o periódicos, el contrato puede ser de 3/4 años.

Empresas o particulares. El leasing está pensado para las empresas. Gracias a este tipo de financiación, los negocios pueden alquilar material informático, mobiliario de oficina, maquinaria, locales comerciales o vehículos, entre otros bienes. Estos siempre deberán estar relacionados con la actividad de la empresa o el autónomo para poder justificar su alquiler.

Su ventaja principal son las cuotas de amortización, ya que se consideran un gasto tributario y pueden deducirse si se justifica para la actividad. Además, el leasing permite financiar el el 100% de la inversión, ya que se trata de una operación de menor riesgo que la compra.

Arrendamiento y financiación. El leasing está regulado por la Ley 26/1988, por lo que este método está acreditado para ofrecer esta financiación tanto a empresas como a autónomos. El renting solo puede ser utilizado por una empresa privada bajo la modalidad de cualquier operación mercantil. La legislación que regula el leasing no regula el renting, por lo que no se tiene que acudir a una financiera.

El renting es un alquiler o arrendamiento común y el leasing es una forma de financiación, por lo que con el segundo se obtienen deducciones fiscales (es un gasto de la empresa).

Con el renting obtendremos una factura de alquiler norma y corriente y lo desgravaremos en las declaraciones trimestrales del IVA. Un autónomo también puede deducirse la totalidad de las cuotas del renting en la declaración del IRPF, junto con el 50% del IVA soportado. Para ello tendrá que demostrar que el vehículo es indispensable para su actividad empresarial.

Comprar vs leasing o renting

Ahora que ya entendemos las diferencias entre leasing y renting, ¿es mejor compara u optar por una de estas 2 opciones? La ventaja más interesante de comprar un bien es que la inversión que realizas para ello se puede recuperar en cierta cantidad, ya que, aunque el bien en sí se devalúa  según se compra, siempre vas a poder tener la seguridad de que lo puedes vender porque te pertenece. Esta es la principal ventaja respecto al leasing y al renting: el bien es tuyo, y puedes disponer de él como quieras sin pedir permiso.

Un inconveniente a la compra es que normalmente suele exigirse el pago de una entrada. Si continuamos con el ejemplo de un vehículo, cuando compramos uno siempre tendremos que pagar un poco más al principio, y si no disponemos de esa cantidad la compra puede ser complicada. Con el leasing o el renting esto no ocurre. Además, la mayoría de gastos correrán a cuenta de la empresa con la que contrates una de estas 2 modalidades de financiación.

Como hemos visto, un particular puede optar al renting pero no al leasing, reservado únicamente para empresas y autónomos. Sin embargo, apliques la financiación que apliques, el bien siempre será nuevo. Conocer las diferencias entre leasing y renting puede ayudarnos a elegir la opción que más nos convenga de acuerdo a nuestra situación e intereses.

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